jueves, 30 de abril de 2009

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO LABORAL

Principios Generales del Derecho del Trabajo:

Son reglas fijas que rigen la materia con el fin cuidar la dignidad del trabajador y protegerlo de cualquier tipo de abusos del empleador, y orientar al legislador.

Las funciones de los principios son:

Estos principios estan amparados por la justicia a fin de unificar la interpretación; evitar malos entendidos entre ambas partes.

La CN en el art. 14 bis determina que “el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes...”.

Principio Protectorio

Tiene por fin proteger al trabajador de los abusos que puedan existir frente a la superioridad del empleador.

In dubio pro operari

Cualquier duda que tenga un trabajador con respecto a las funciones de su trabajo debe contar con la orientacion de un Juez, para que falle en favor de la norma misma , logicamente bien aplicada.

Regla de la Norma más Favorable

Cuando dos o más normas tratan el mismo tema o caso, se deberá optar por la que resulta más favorable al trabajador. En este caso se considerará la norma o conjunto de normas que rija cada una de las instituciones del derecho del trabajo.

Regla de la condición más beneficiosa

Establece que toda modificación contractual que se produzca no puede ir en perjuicio de los mínimos cambios contenidos en la ley, los estatutos especiales o los convenios colectivos.

Irrenunciabilidad

Principio por el cual existen una variedad de derechos que protegen y aseguan por la ley, los estatutos profesionales y los acuerdos colectivos que se encuentran fuera del marco de negociación y libertad de contratación de las partes, y cualquier pacto en contrario será nulo y sin ningún valor.

Excepciones

Renuncia al Empleo

Debe ser un acto expreso y formal, por escrito y mediante telegrama, por el cual el trabajador informa al empleador la decisión unilateral de extinguir el contrato

Conciliación

Es una forma de dar fin a un discusion entre las partes, donde se acuerda una solución que implica concesiones mutuas y el pago de indemnizaciones inferiores a las que se reclaman conforme a la estricta aplicación de las normas vigentes.

La LCT impone la intervención de la autoridad administrativa o judicial para que de concentimiento el mismo, evaluando la razonabilidad de lo pactado. Una vez juzgado, lo hace incambiable judicialmente.

Prescripción

Es una forma de pedir o terminar acciones por el transcurso del tiempo o inactividad del acreedor. Es una forma de dar conocimiento y seguridad jurídica, ya que los derechos de las personas no son ilimitados.

La LCT estableció el plazo de 2 años de prescripción en función de los cuales, si el trabajador se no reclama sus derechos como tal, pierde la acción y la exigibilidad del derecho.

Caducidad

Tiene que ver con respecto a las vacaciones legales del trabajador , que si no se pide a tiempo, durante los plazos establecidos, pierde ese derecho






Continuidad

Que los contratos de trabajo deben cumplirse a cablidad, y que mientras el contrato de trabajo es indefinido sera mejor.

Primacía de la Realidad

Principio que afirma que siempre se debe reconocer a través de los hechos concretos y sus características la verdadera sustancia de una relación, con prescindencia de la apariencia que las partes le hayan dado a la misma.

La LCT dice que lo que hayan acordado las partes que constituya fraude o simulación será nulo. Las cláusulas nulas serán sustituidas por las válidas que correspondan.

Principio de Buena Fe

Se espera que cada una de las partes actúe como buen trabajador y buen empleador al momento de la celebración del contrato, su ejecución y su extinción, sea de manera correcta.

Justicia Social

Conseguir el bien común y el bienestar general.

Principio al que el intérprete recurre para resolver situaciones no previstas en la ley.

Equidad

Principio según el cual el juez se puede apartar de la ley para resolver un caso de una manera más justa.

Prohibición de hacer discriminaciones

Al empleador se le niega la posibilidad de realizar discriminaciones arbitrarias fundadas en razones de sexo, edad, estado, ideas políticas, nacionalidad, enfermedades, discapacidades.

La CN en el art. 16 “todos los habitantes son iguales ante la ley y en la admisión a los empleos”. Art. 14 “igual remuneración por igual tarea”.

Gratuidad de los Procedimientos

Principio por el cual se le garantiza al trabajador el derecho de defensa a través de la gratuidad de los procedimientos, los cuales por motivos económicos puedan ser una limitación para su ejercicio.

Ej.: telegrama obrero y la tasa de justicia.

Medios Técnicos Legales: conjunto de recursos técnicos – legales enunciados por el derecho positivo que tienen por objeto asegurar los derechos fundamentales de los trabajadores y garantizar su pleno ejercicio.

Buscan el equilibrio entre las partes, impidiendo los abusos del más fuerte sobre el más débil. Están enunciados y asegurados por la legislación. Se crearon para ampara al trabajador frente al abuso del empleador.

Autonomía de la Voluntad

Tanto el empleador como el trabajador, no pueden negociar libremente, clausulas del contrato sin mediacion de las leyes laborales.



El orden público laboral

Sustitución Automática de las cláusulas nulas

En ninguno de los casos, el contrato de trabajo se puede modificar , con ciertas normas que vayan en perfuicio del trabajador, ya que estas quedaran automaticamente nulas.

Restricciones al principio de autoridad del empleador

Todas las atribuciones del empleador, están limitadas. Se insta al empleador a actuar con razonabilidad, destacando el respeto por los derechos personales y patrimoniales del trabajador.

Nulidad en caso de fraude

La utilización de figuras fraudulentas conllevará la nulidad.

Reconocimiento de la Autonomía de la Voluntad colectiva

La Legislacion conciente la organizacion de sindicatos para conseguir una negociacion de buena fe. y castiga a los empleadores que no permiten los sindicatos.

Control del Estado

Vela por el cumplimiento de las normas.