sábado, 9 de mayo de 2009

ORGANIZACION DE LOS TRABAJADORES

Entre 1906 y 1919 Aparece de manera dispersa pero significativa, la
legislación que impuso la maduración de la conciencia pública sobre la
llamada cuestión social, que en nuestro país tuvo caracteres significativos
derivados, principalmente de la Revolución Industrial
1891, el auge del salitre, el despoblamiento de los campos, el desarrollo de
la administración pública, el agudizamiento de los problemas de vivienda
por las grandes migraciones hacia las ciudades, en especial, Santiago, y la
creación consecuencial de cordones de miseria; el predominio de las ideas
liberales, el incremento de los medios de comunicación y la incorporación
de nuevos grupos sociales a la vida política por la extensión de la educación.
etc. Las referidas migraciones agudizaron el problema de la vivienda.
En la capital, En el año 1910, 100.000 personas —la cuarta parte de la población
de Santiago— se hacinaban en unos 25.000 conventillos. En Tarapacá
y Antofagasta bullía un poderoso proletariado minero, organizado de hecho
y sin legislación que diera cauce a conflictos, que muchas veces
terminaron trágicamente. prendió en los sectores de formación
católica, mientras el marxismo y el anarcosindicalismo iniciaban
su lucha por organizar asociaciones laborales. Como se sabe, la
Foch fue creada por un abogado conservador y terminó adhiriendo en 1921
a la Tercera Internacional, que muy pocos años antes había fundado Lenin
en Moscú.
La incorporación de Chile a la OIT por la Ley Nº 3.557, de 1919 marca un hito decisivo y algo olvidado en la evolución de
nuestra legislación laboral. Son las normas y la influencia de esta poderosa
institución internacional las que dieron forma a las inquietudes que, en lo
político, galvanizó Alessandri Palma y en lo técnico concretó el proyecto
de Código del Trabajo que prepararon Poblete Troncoso y sus colaboradores
(Claudio Arteaga, Alfredo Weber y otros), remitido con las firmas de
Alessandri y su ministro del Interior, Pedro Aguirre Cerda, el 8 de junio de
1921 al Congreso. Constaba de 620 artículos, divididos en cuatro Libros y
de él provienen las leyes promulgadas el histórico 8 de septiembre de 1924,
otra fecha clave en la historia de nuestra legislación laboral. Como se sabe,
estas leyes —de la 4.053 a la 4.059—, con algunas enmiendas, fueron
recopiladas a fines del primer gobierno de Ibáñez, en el DFL 178, de 13 de
WILLIAM THAYER ARTEAGA 227
mayo de 1931. El entonces Presidente Ibáñez había enviado primero al
Congreso un proyecto de ley que refundía la legislación laboral, pero,
pendiente esa iniciativa, prefirió anticiparse dictando el referido decreto
con fuerza de ley, en uso de facultades muy amplias concedidas por el
llamado “Congreso termal”. Los profesores Walker Linares y Humeres
Magnan califican fundadamente de inconstitucional la promulgación de
este primer Código del Trabajo chileno.

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